
Por unanimidad la Sala Superior emitió su resolución, la cual indicó que el partido cometió una infracción
Movimiento Regeneración Nacional (Morena) fue multado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por 268 mil 860 pesos tras considerar que incurrió en una infracción al atribuirse la vacunación contra COVID-19 durante la jornada electoral.
En sesión pública no presencial, por videoconferencia, las y los magistrados de la Sala Superior votaron por la infracción cometida el pasado 20 de marzo del 2021 por el partido guinda.
De forma unánime resolvieron que el partido sí cometió la falta dentro del periodo de intercampaña del pasado proceso electoral al difundir un mensaje de Twitter alusivo a la vacunación contra COVID-19 implementada por el gobierno federal, el cual decía:
“Por eso distribuimos y aplicamos la vacuna contra el COVID-19 de manera gratuita para todas y todos”.Elementos del Ejercito Mexicano durante la segunda etapa de vacunación contra la COVID-19, en ciudad de México (Foto: EFE/José Pazos/Archivo)
La Sala Superior del Tribunal, recordó que los partidos políticos pueden utilizar la información que deriva de los programas sociales como parte del debate público para conseguir un mayor número de adeptos y votos, porque ello fomenta el debate político. Sin embargo, no pueden apropiarse de su uso y difusión como si ellos mismos participaran en su ejecución e implementación, pues eso podría confundir a la ciudadanía de que si votan por ellos se verían favorecidos por las gestiones que la candidatura pudiera llevar a cabo para la obtención de esos beneficios.
En este caso, al Morena emitir un mensaje sobre la vacunación contra COVID-19 durante el periodo de elecciones estaría atribuyéndose el programa, por lo que la gente se podría confundir al dar su voto, ya que para que haya continuidad, elegiría al partido y no vería de forma independiente a todos los candidatos y opciones.
“El mensaje en Twitter fue borrado, por lo que Morena argumentaba que eran insuficientes las pruebas para poder acreditar la infracción, pero se halló el tuit denunciado en 16 cuentas de esa red social, en las que se advierte que efectivamente el mensaje existió, y en todos ellos se podía apreciar la marca que correspondía a la cuenta oficial y verificada del partido denunciado”, señaló la Sala Superior en un comunicado.Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Foto: Cuartoscuro)
Las y los magistrados señalaron que la Sala Especializada hizo un trabajo exhaustivo al analizar la infracción cometida y determinar la multa como sanción, por lo que los argumentos de Morena en torno a la sentencia impugnada son infundados y carecen tanto de fundamentación como de motivación.
“Así, también se determinó que resulta inoperante el argumento sostenido por el partido, relativo a que la vista ordenada a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) les genera perjuicio, ya que supuestamente afecta el principio de presunción de inocencia”, apuntó el TEPJF.
De tal modo, la Sala Superior concluyó durante la sesión de este 16 de junio que “no constituye una sanción ni un acto de molestia”, ya que la fiscalía tiene la autonomía y libertad plena de investigar en el ámbito de sus atribuciones la comisión de posibles infracciones a la normativa electoral.
Cabe recordar que anteriormente el Partido Acción Nacional (PAN) ya había denunciado a Morena por las brigadas que desplegaron en Ciudad de México, el Estado de México, Sonora y Veracruz, por supuestamente lucrar con programas sociales, principalmente con el programa de vacunación contra el COVID-19.